Necesidades de protección para una Institución Financiera

La parte superior de un rascacielos se muestra en un intenso ángulo hacia arriba.

Necesidades de protección para una Institución Financiera

A finales de año aseguradoras, bancos, gestoras y otras instituciones financieras suelen focalizar sus campañas publicitarias hacia productos de ahorro e inversión con promociones especiales de rentabilidad. Y, lo cierto, es que son muchas las personas que deciden realizar una mayor aportación a productos como planes de pensiones o fondos de inversión con algunos de los ahorros que se hayan generado durante el año. E incluso, deciden abrir un producto de ahorro por primera vez.

La razón es muy sencilla. Al finalizar el año, las personas pueden calcular con más facilidad si ha habido ahorro y a cuánto asciende esa cantidad, sin el riesgo a no contar con un remanente para imprevistos de cara al cierre del año. Pero, además, con este gesto, se obtienen beneficios fiscales de cara a la campaña de la Declaración de Hacienda que cada año pone en marcha la Agencia Tributaria.

Las entidades financieras son empresas que están expuestas a un elevado nivel de riesgos dado el carácter de la actividad del negocio, del uso y la complejidad de sus operaciones, del tratamiento de datos personales y confidenciales, además del cuantioso patrimonio que gestionan, ya sea propio o de terceros. Estas entidades pueden verse involucradas en una situación de estafa y recibir una reclamación de un cliente contra la entidad y las personas que firmaron el contrato, cuando se incumplieron los plazos y/o la calidad del servicios y activos.

También pueden darse otro tipo de situaciones. Como, por ejemplo, tener que hacer frente a una cuantiosa suma en gastos de defensa por una reclamación por parte de una entidad reguladora. Por ejemplo, si la CNMV considera que ha habido irregularidades y que éstas deriven en gastos de defensa asociados a gastos de investigación.

O en el supuesto de recibir una reclamación de un empleado contra un directivo por causas de discriminación, acoso, etc.; e incluso si esta situación pueda ocurrir después de llevarse a cabo un despido en el que se llegue a un acuerdo en la indemnización.

¿Cómo pueden protegerse?

La aseguradora Berkley España, especializada en proteger a sus clientes frente a posibles riesgos profesionales, dispone en su catálogo del seguro de D&O y Responsabilidad Civil Instituciones Financieras. Un producto que, si bien puede ser contratado por separado – D&O (responsabilidad civil para directivos y administradores) y de Responsabilidad Civil Profesional – ofrece la posibilidad de incluir las garantías de ambas pólizas en una misma contratación. De este modo, proporciona cobertura ante las reclamaciones de terceros que puedan sentirse perjudicados a causa del desarrollo de la gestión empresarial o profesional del asegurado, ya sea a nivel particular o empresarial.

Las entidades financieras son empresas que están expuestas a un elevado nivel de riesgos dado el carácter de la actividad del negocio

Este producto está dirigido a todo tipo de Instituciones Financieras con independencia de su tamaño y de su forma jurídica. Como por ejemplo gestoras y fondos de capital riesgo; banca comercial, privada y de inversión; cooperativas de Crédito; aseguradoras de Vida y No Vida; corredurías; sociedades y agendas de Valores; SICC (sociedades de inversión colectiva de tipo cerrado), o SOCIMIS (sociedades cotizadas anónimas de inversión en el mercado inmobiliario), entre otras.

Coberturas imprescindibles

El seguro de D&O y Responsabilidad Civil Instituciones Financieras de Berkley España cuenta con las coberturas básicas propias de su seguro de Responsabilidad Civil de los Administradores y Directivos de la Sociedad, así como de su seguro de Responsabilidad Civil Profesional. Así mismo, se incluye cobertura a la sociedad para reclamaciones por Operaciones de Valores; constitución de Finanzas Penales; Responsabilidad Penal Corporativa, o cobertura a la sociedad en materia laboral por prácticas de empleo indebida.

No obstante, estas coberturas pueden ser extensibles y ampliarse con coberturas que tienen en común el seguro de D&O y RC Profesional como las relativas al periodo informativo; nuevas sociedades filiales; fianzas; gastos de emergencia o de investigación formal; multas y sanciones administrativas; gastos de gestión de crisis; inhabilitación profesional, o gastos de mitigación, por ejemplo.

También puede ampliarse con coberturas específicas de su seguro D&O como reembolso la sociedad; administradores retirados; gastos en respuesta a una autoridad reguladora o de defensa derivados de un proceso de extradición; responsabilidad de los administradores en sociedades externas o participadas; límite en exceso para consejeros no-ejecutivos, y coberturas ante determinados gastos.

Por Ejemplo:

  • Gastos de publicidad, restitución de imagen o relaciones públicas;
  • Gastos de comunicación o restitución de la reputación;
  • Gastos de constitución de aval concursal;
  • Gastos de constitución de aval en evitación de embargo preventivo,
  • Y gastos de privación de bienes.

Cabe destacar que además es posible incluir otras coberturas específicas de su seguro de Responsabilidad Civil Profesional como protección ante la propiedad intelectual o frente a dañosa expedientes y/o a documentos. Así como sus coberturas opcionales entre las que se incluyen garantías como constitución finanzas penales, responsabilidad penal corporativa y responsabilidad civil cruzada y subsidiaria.

Página de inicio del blog