¿Qué es la Responsabilidad Civil Patronal?

Un arquitecto y trabajador de la construcción discuten detalles del anteproyecto.

¿Qué es la Responsabilidad Civil Patronal?

La seguridad de los empleados es una de las principales premisas de las empresas a la hora de desarrollar su actividad. Analizar y poner al alcance de los trabajadores todas las herramientas necesarias para paliar los riesgos debe ocupar un lugar relevante en todos los planes de negocio de las organizaciones, sin embargo, las posibilidades de que se produzca un imprevisto de mayor o menor gravedad son reales e impredecibles.

En el caso de que se produzca un accidente, la empresa deberá asumir la responsabilidad patronal, que es la responsabilidad que la organización contrae con sus empleados y que le obliga a hacerse cargo de los daños personales sufridos en caso de que estos sean víctimas de un accidente. El empleado por su parte, tiene el derecho a reclamar una indemnización por el daño personal sufrido en accidente personal.

Los incidentes que se producen durante la jornada laboral pueden derivar en reclamaciones económicas muy elevadas, juicios largos y posibles indemnizaciones que vayan en contra del patrimonio de la empresa o de sus responsables. Para hacer frente a este riesgo, las empresas cuentan con herramientas para proteger su patrimonio.

Diferencias entre cobertura de RC Patronal, Convenio y Accidentes

Tanto la póliza de accidentes para los empleados, como las pólizas de responsabilidad civil y de convenio tienen coberturas que hacen referencia a la protección de empresa y trabajador en caso de siniestro, sin embargo, no cubre las mismas situaciones.

Las pólizas de accidente de empresa son productos diseñados para proteger a sus trabajadores y evitar las consecuencias de reclamaciones a causa de accidentes laborales. No son pólizas de contratación obligatoria en todas las actividades profesionales, pero sí muy recomendables para proteger a los empleados de la organización frente a posibles siniestros.

Los seguros de convenio supondrían un caso similar a los seguros de accidentes, con la diferencia de que estas pólizas son obligatorias para aquellas empresas adscritas a los convenios colectivos que así lo especifiquen en su articulado.

Otro caso distinto a los anteriores es el de las pólizas de responsabilidad civil empresarial, estos seguros están diseñados para para proteger el patrimonio de aquellas empresas, profesionales y autónomos que ocasionen daños a terceros durante el desempeño de su actividad profesional. Si bien no es una póliza obligatoria para todas las empresas o actividades profesionales, sí es una herramienta muy eficaz para salvaguardar el patrimonio de las empresas.

En este tipo de pólizas suele estar incluida la cobertura de responsabilidad civil patronal, es decir, en este caso, el tomador o beneficiario del seguro será la empresa, en el caso de que un empleado pueda interponer una reclamación por un siniestro ocurrido dentro de su horario laboral.

Lo que diferencia la responsabilidad civil patronal, frente a la cobertura de las pólizas de seguros de accidentes de empresa, es que este tipo de reclamaciones deben hacerse por parte del trabajador por vía judicial. Se trata de una cobertura de naturaleza subjetiva y para que se produzca la reclamación realizada, deberá valorarse por parte de un juez si la causa del accidente ha sido fruto de la actividad laboral y si la empresa objeto de la reclamación es responsable de la misma.

Como consecuencia de esta valoración judicial, también se definirán el alcance de los daños y la cuantía de la indemnización, si el juez considera que es necesaria. Es importante señalar que la indemnización solo dará cobertura a los daños personales recibidos por el trabajador durante el accidente producido dentro de lo que sea considerada su jornada laboral. No quedarán cubiertos por este epígrafe de la póliza los bienes materiales que pudieran resultar dañados en el momento del accidente.

Pólizas con cobertura de Responsabilidad Civil Patronal

Existen diferentes pólizas que incluyen cobertura de responsabilidad civil patronal, es decir, cubren el pago de las indemnizaciones exigidas al asegurado por los trabajadores como civilmente responsable, por los daños que, a causa de accidentes de trabajo, sufran. Las pólizas de responsabilidad civil para empresas incluyen dentro de su clausulado la cobertura de responsabilidad civil patronal, que hará frente en caso necesario y determinado por un juez, situaciones como las garantías de asistencia en caso de daños personales recibidos por los trabajadores durante su desempeño profesional o la cobertura e indemnizaciones que correspondan a los beneficiarios del trabajador en caso de fallecimiento.

Quién debe contar con cobertura de RC Patronal

La cobertura de RC Patronal no solamente está dirigida a grandes empresas, sino también a pymes o profesionales autónomos que tengan a cargo personal. En algunos casos particulares, como en el caso de contratación de personal doméstico, también es recomendable contar con una póliza que contemple esta cobertura, ya que a través de este seguro se podrá hacer cargo por parte de la persona que contrata este personal, de posibles accidentes durante el horario laboral estipulado por ambas partes.

Esta cobertura funciona asegurando un capital que se determinará en la póliza del seguro y que estará destinado a las posibles indemnizaciones a los trabajadores que puedan sufrir los daños derivados del accidente. Este capital permitirá a los empleadores proteger su patrimonio frente a posibles riesgos económicos en caso de enfrentarse a cuantiosas indemnizaciones.

Cuando es obligatoria la contratación de la RC Patronal

Las empresas no tienen obligatoriedad de contratar una cobertura de responsabilidad civil patronal, si bien, esta está incluida en muchas de las pólizas de seguros de responsabilidad civil para empresas de diversos ramos de actividad.

Sin embargo, a pesar de que no exista esta obligación, por regla general, algunos convenios colectivos sí incluyen esta cobertura como obligatoria, puesto que algunas actividades profesionales, por su peligrosidad, así lo exigen.

Responsabilidad civil cruzada y responsabilidad civil subsidiaria

Existen otro tipo de coberturas que también tienen como funcionalidad cubrir los riesgos en los que incurren las empresas frente a posibles daños que puedan sufrir los trabajadores o incluso que estos puedan ocasionarlos a terceros. En este caso hablamos de la responsabilidad civil cruzada y la responsabilidad civil subsidiaria.

El primero de los términos, la responsabilidad civil cruzada, hace referencia a posibles indemnizaciones reclamadas por trabajadores de empresas subcontratadas por la empresa o profesional beneficiario de la póliza. Esta cobertura, que se puede contratar dentro del marco de las pólizas de responsabilidad civil, protege al asegurado ante los daños que puedan sufrir los empleados de los subcontratistas que realizan tareas para el propio asegurado.

En el caso de la responsabilidad civil subsidiaria, a través de esta cobertura, quedarían cubiertos los daños que los propios trabajadores o los trabajadores de las empresas subcontratadas pudieran ocasionar a terceros.

En ambos casos, la empresa de referencia, debería hacer frente a los costes de las indemnizaciones reclamadas, puesto que tanto sus trabajadores, en el caso de que produzcan daños a terceros, como los trabajadores que pasan a formar parte de su actividad, aunque pertenezcan a una empresa subcontratada, son responsabilidad de la propia empresa titular del proyecto o la actividad.

En cualquiera de los casos, para evitar riesgos innecesarios, uno de los primeros pasos que debe emprender una empresa o profesional es realizar un análisis de riesgos con profesionales de los seguros, con el objetivo de garantizar que las pólizas de seguros contratadas puedan dar cobertura completa a la actividad y al desarrollo óptimo de la misma.

 

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