Seguros para ONGs y Asociaciones sin Ánimo de Lucro
Seguros para ONGs y Asociaciones sin Ánimo de Lucro
Existen diferentes tipologías para clasificar a las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que trabajan sin ánimo de lucro. Por un lado, podemos hablar de las propias asociaciones sin ánimo de lucro, que son organizaciones con entidad jurídica propia, es decir, resultan del acuerdo de tres o más personas que tienen un objetivo común de carácter social, político, cultural, altruista o incluso humanitario. Este tipo de agrupaciones tienen como singularidad que deben estar constituidas bajo unos estatutos que los participantes en dicha asociación deben aceptar y su principal finalidad no es obtener beneficios económicos, sino cumplir con su misión.
En segundo lugar, las organizaciones no gubernamentales o como se las conoce, ONGs, abarcan un concepto más amplio, ya que son organizaciones que actúan al margen de cualquier gobierno y no están definidas jurídicamente. Por lo general, se trata de organizaciones de carácter social o humanitario y sin fines de lucro. Las ONG pueden ser de carácter nacional o internacional y suelen realizar proyectos y acciones para promover cambios que repercutan de una forma positiva en la sociedad.
Tanto las organizaciones no gubernamentales, como las asociaciones sin ánimo de lucro, suelen estar organizadas con una estructura muy similar a la de una empresa y tienen obligaciones que deben cumplir, independientemente de la actividad o el fin común que persigan. En este sentido, las asociaciones, aunque no tenga como objetivo lucrarse económicamente a través de su actividad, también deben protegerse contra los posibles riesgos que puedan derivarse de la ejecución de sus actividades.
¿Qué riesgos puede correr una asociación sin ánimo de lucro o una ONG?
Los riesgos a los que están expuestas las asociaciones son diversos y se multiplicarán a la vez que la agrupación realice distintas actividades y requiera la participación de más actores: empleados, voluntarios, proveedores, socios, espacios en los que se realiza la actividad… Por tanto, el principal riesgo a cubrir será el posible daño a terceros derivado de las actividades que realice la asociación.
Estos riesgos hacen referencia a la responsabilidad civil que contraen las organizaciones sin ánimo de lucro con los terceros a los que afecta su actividad, es decir, deben responder con su patrimonio en el caso de ocasionar daños personales o materiales. En este apartado debe tenerse en cuenta que los responsables últimos en caso de daños o perjuicios serán los responsables que obren en nombre y representación de la asociación y deberán responder administrativa y civilmente para paliar estos daños causados por acción u omisión de la agrupación.
¿Por qué estas organizaciones necesitan contratar una póliza que ofrezca garantías?
Los daños y perjuicios exigidos por terceros pueden derivar en costosos y largos juicios y en sentencias que obliguen a la reposición económica de grandes sumas de dinero, es por ello que contar con herramientas que puedan hacer frente a estos incidentes se convierte en una de las principales necesidades para las asociaciones sin ánimo de lucro. Las pólizas de responsabilidad civil con coberturas especializadas y flexibles son los productos que mejor se adaptan a la necesidad de seguridad de estas organizaciones.
Además de estos seguros existen pólizas complementarias que, dependiendo del fin común de estas agrupaciones y de las actividades que se deban realizar para conseguirlo, podrán dar mayor y más acertada cobertura en cada caso.
¿Qué seguros puede contratar una asociación o ONG?
Para saber que seguros para asociaciones deben contratarse, una de las acciones que deben realizar los responsables de las mismas es un análisis de riesgos exhaustivo por parte de profesionales especializados en la materia, que sean capaces de recomendar a la entidad tomadora del seguro, qué coberturas son las imprescindibles y cuáles son también las recomendables para su tipo de actividad.
Así mismo, el precio del seguro de responsabilidad civil para asociaciones sin ánimo de lucro variará dependiendo de los capitales asegurados en cada caso.
¿Qué seguros para asociaciones son recomendables?
Los seguros recomendados para asociaciones sin fines de lucro y ONGs serán muy similares a las pólizas de seguro que deben contratar las empresas privadas o los organismos públicos.
El seguro de responsabilidad civil para asociaciones será sin duda la primera de las opciones que debe valorar una organización de este tipo, puesto que en caso de tener que responder frente a los daños y perjuicios ocasionados a terceros, este seguro garantizará las coberturas necesarias para que el patrimonio de la organización no se vea comprometido.
Entre las coberturas que incluye esta póliza destacan las coberturas básicas como la responsabilidad civil de explotación, es decir, la cobertura de daños a terceros, ocasionados por la estructura empresarial en el ejercicio de las actividades que le son propias.
También estos seguros cubren la responsabilidad civil inmobiliaria, esto es, la protección al tomador del seguro en su calidad de propietario o arrendador de la edificación en que se desarrolla la actividad causante del daño. Por el contrario, si la organización desarrolla sus actividades en un local que no es de su propiedad, el tomador quedará cubierto por la responsabilidad civil locativa, o lo que es lo mismo, la protección frente a la reclamación del propietario del local por los daños ocasionados en éste por incendio, agua o explosión, durante su alquiler por el asegurado, en este caso se tratará de una cobertura opcional.
Estas pólizas recogen también como cobertura básica la responsabilidad civil cruzada, que protege al asegurado ante los daños que puedan sufrir los empleados de los subcontratistas del propio asegurado.
La responsabilidad civil subsidiaria es la que protege al asegurado ante los daños ocasionados a terceros por los subcontratistas o los empleados del propio asegurado y también se encuentra entre las coberturas básicas del seguro.
Por último, la cobertura de defensa jurídica y fianzas también se incluye entre las coberturas básicas de este seguro y garantiza la protección legal y la constitución de las fianzas exigidas, si la reclamación deriva en un procedimiento judicial.
Los seguros de responsabilidad civil incluyen además otras coberturas opcionales que el tomador podrá contratar en el caso de que sus actividades así lo requieran, es el caso de la responsabilidad civil por accidentes de trabajo, que cubre la responsabilidad del empresario o de la empresa por daños personales sufridos por sus trabajadores en un accidente laboral.
Otras coberturas como la contaminación accidental, que puede ocasionalmente provocar cualquier daño ambiental, son importante si la organización realiza actividades que puedan modificar el entorno de forma negativa.
Dos coberturas opcionales a tener en cuenta si la asociación sin ánimo de lucro cuenta con empleados es la de reposición de los daños de los bienes de empleados, o la responsabilidad civil de trabajos fuera de las instalaciones, que cubre la reclamación por los daños ocasionados en instalaciones de terceros por causa de la actividad empresarial del asegurado.
Seguros para administradores de asociaciones sin fin de lucro y ONGs
Como mencionábamos, los administradores, consejos de administración, directores generales, gerentes, en definitiva, los responsables finales de gestionar las asociaciones sin ánimo de lucro o las ONGs, son los responsables últimos de cara a las reclamaciones que puedan realizar terceros por daños materiales o personales que hayan sido provocados fruto de las actividades de la organización. En este sentido, cobran especialmente interés los seguros para directivos, conocidos como seguros D&O.
Las pólizas de seguros D&O están recomendadas para todo tipo de empresas, independientemente de su tamaño y de su forma jurídica, por lo que los responsables de este tipo de organizaciones sin fines lucrativos pueden acogerse a ellas para garantizar que su patrimonio personal no se verá afectado en caso de tener que hacer frente a una indemnización.
Esta póliza tiene el objetivo de proteger al directivo ante los riesgos más habituales que derivan del desempeño de sus funciones por conductas contrarias a la ley. Los consejeros, administradores o directivos pueden ser encausados por cuatros acciones civiles distintas, entre las que se encuentran la acción individual por responsabilidad contractual, la acción social, la responsabilidad civil por deudas sociales y la responsabilidad por concurso de acreedores de la sociedad.
Estas pólizas tienen la peculiaridad de que el tomador de la póliza será la organización, mientras que el beneficiario sería el directivo asegurado y, además, este seguro proporciona cobertura a las personas físicas que hayan sido, sean o lleguen a ser administradores, consejeros, directivos o cargos análogos que realicen funciones que impliquen el ejercicio de facultades de dirección y gobierno.
En definitiva, la protección frente a posibles reclamaciones a través de los productos aseguradores adecuados, garantizará la tranquilidad necesaria a las organizaciones sin fines lucrativos y ONGs para que, de esta forma, puedan trabajar con la meta de alcanzar el objetivo, que no es otro que conseguir el fin común para el que son creadas.